Sangría

Sangría hecha con arándanos, limón, limón, uvas y otras frutas

Sangría recetas varían mucho incluso dentro de España, con muchos regional distinciones. Los ingredientes base son siempre vino tinto, y algunos medios para agregar un sabor afrutado o más dulce, y tal vez aumentar el contenido de alcohol.

Tradicionalmente, la sangría puede mezclarse con frutas locales como melocotones, nectarinas, bayas, manzanas, peras o frutas globales como piña o lima, y endulzarse con azúcar y jugo de naranja. El vino tinto Rioja español es tradicional. Algunas recetas de sangría, además del vino y la fruta, incluyen ingredientes adicionales, como brandy, agua con gas o un licor con sabor.

Sangría blanca (sangría con vino blanco) es una innovación más reciente. Para sangría blanca, Casas recomienda vinos blancos secos como a Rueda, Jumilla o Valdepeñas.

La sangría Reál se elabora predominantemente con vino de las uvas Tempranillo y Garancha.

Ponche de Sangría es una variación para niños, a menudo para fiestas de cumpleaños. Naranjas, duraznos y otras frutas azucaradas se combinan con bayas, uvas o colorantes alimentarios para crear la coloración de la sangría. Un refresco suele sustituir al vino.

Protección de la legislación de la Unión Europeaeditar

En virtud de la legislación de la Unión Europea, el uso de sangría en el etiquetado comercial está ahora restringido por las normas de etiquetado geográfico.

El Parlamento Europeo aprobó nuevas leyes de etiquetado por un amplio margen en enero de 2014, protegiendo las indicaciones para bebidas aromatizadas, como sangría, Vermut y Glühwein. Solo la sangría hecha en España y Portugal se puede vender como » sangría «en la UE; la sangría hecha en otros lugares debe etiquetarse como tal (por ejemplo, como» sangría alemana «o»sangría sueca»).

La definición de sangría según la legislación de la Unión Europea del Reglamento de 2014 establece que es un:

Bebida aromatizada a base de vino

-obtenida a partir de vino,
—aromatizada con la adición de extractos o esencias naturales de cítricos, con o sin el zumo de dicha fruta,
—a la que se pueden haber añadido especias,
-a la que se puede haber añadido dióxido de carbono,
—sin color,
—con un grado alcohólico adquirido de volumen no inferior al 4,5% vol. y menos de 12 % vol., y-que pueden contener partículas sólidas de pulpa o piel de cítricos y su color debe proceder exclusivamente de las materias primas utilizadas.

«Sangría» o «Sangría» solo podrá utilizarse como denominación de venta cuando el producto se produzca en España o Portugal. Cuando el producto se produzca en otros Estados miembros, las palabras «Sangría» o «Sangría» solo podrán utilizarse para complementar la denominación de venta «bebida aromatizada a base de vino», siempre que vayan acompañadas de las palabras: «producido en…», seguido del nombre del Estado miembro de producción o de una región más restringida.

El Reglamento de 2014 también reconoce a Clarea como una bebida aromatizada a base de vino, que se obtiene a partir de vino blanco en las mismas condiciones que para la Sangría. «Clarea» solo podrá utilizarse como denominación de venta cuando el producto se produzca en España. Cuando el producto se produzca en otros Estados miembros, «Clarea» solo podrá utilizarse para complementar la denominación de venta «bebida aromatizada a base de vino», siempre que vaya acompañada de la mención: «producido en…», seguido del nombre del Estado miembro de producción o de una región más restringida.

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