¿Puedo Patrocinar a un Inmigrante que No es Miembro de la Familia?

Publicado por Frank Gogol

Antes de que un extranjero pueda solicitar una tarjeta verde y visas como visas familiares, debe tener un patrocinador en los Estados Unidos que patrocinará su solicitud. Los miembros de la familia siempre pueden patrocinar a un inmigrante. Pero tal vez se pregunte: «¿puedo patrocinar a un inmigrante que no es miembro de la familia?”. Echemos un vistazo.

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¿Es posible Patrocinar a un miembro no familiar?

Desafortunadamente, no puede solicitar la visa o tarjeta verde de un extranjero si no es un miembro de la familia. Pero todavía hay una forma en que puedes ayudar. Puede patrocinar financieramente la petición de inmigración de su amigo. Ser un patrocinador financiero de un inmigrante puede hacer una gran diferencia en su solicitud y puede ser la diferencia entre ser aprobado o rechazado.

Puede patrocinar financieramente a su amigo proporcionando un Formulario I-864, Declaración Jurada de Manutención. Pero antes de comprometerse a patrocinar financieramente a su amigo, debe entender lo que significa.

Cuando patrocina a su amigo, garantiza que tendrá suficientes fondos (de su empleo y de su asistencia financiera), para que no se convierta en una carga pública.

¿Qué es la «Regla de Carga Pública»?

La regla de carga pública tiene una larga historia. También ha cambiado significativamente en los últimos años bajo la administración Trump. Puede leer sobre los cambios recientes a la regla de carga pública aquí.

En esencia, la regla de carga pública impide que alguien emigre a los Estados Unidos si es probable que dependa del gobierno para su subsistencia. Básicamente, si van a necesitar la ayuda financiera del gobierno.

Si le proporciona a su amigo un Formulario I-864, y su amigo termina recibiendo cualquier beneficio de un programa de asistencia gubernamental sujeto a prueba de recursos (es decir, depende del gobierno para obtener asistencia), usted será responsable de multas y, posiblemente, incluso de una demanda civil que requerirá que pague al gobierno. Su compromiso de patrocinar financieramente a su amigo durará hasta que se convierta en un U. S. ciudadano a través de la naturalización o hasta que haya pagado al Seguro Social durante al menos 40 trimestres (aproximadamente 10 años), lo que ocurra primero.

Esto es mucho tiempo y un gran compromiso que no debe tomarse a la ligera. Por el lado positivo, sin embargo, no serás responsable de la deuda personal de tu amigo, como las tarjetas de crédito o las facturas médicas. Solo será responsable si se convierten en una»carga pública».

Siempre y cuando te asegures de que tu amigo no reciba ningún beneficio de ningún programa de asistencia gubernamental con prueba de recursos, estarás a salvo.

Pero, ¿de qué tipo de asistencia debería apartarse exactamente tu amigo?

¿A qué Beneficios Públicos tienen Prohibido Acceder los Inmigrantes?

Los siguientes programas de beneficios públicos sujetos a prueba de recursos están prohibidos para inmigrantes:

  • Medicaid
  • Suplemento de Seguridad de Ingresos (SSI)
  • Programa Estatal de Seguro de Salud Infantil (SCHIP)
  • Cupones de alimentos
  • Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (TANF).

Si su amigo participa en cualquiera de estos programas, se traducirá en una responsabilidad financiera directa para usted.

¿Qué Beneficios Públicos Pueden Utilizar Los Inmigrantes?

Hay algunos programas de asistencia del gobierno que su amigo podrá utilizar sin que esto resulte en responsabilidad para usted.

Su amigo puede aceptar asistencia de los siguientes programas:

  • Medicaid de Emergencia
  • Programas de Head Start
  • Programas sujetos a prueba de recursos bajo la Ley de Educación Primaria y Secundaria
  • Programas de Asociación para Capacitación Laboral
  • Ayuda de emergencia a corto plazo sin dinero en efectivo
  • Inmunizaciones, pruebas y tratamiento para enfermedades infecciosas
  • Ciertas formas de cuidado de crianza temporal o asistencia en adopción bajo la Ley de Seguro Social
  • Asistencia estudiantil bajo la Ley de Educación Superior y la Ley de Servicios de Salud Pública
  • Servicios prestados en virtud de las Leyes Nacionales de Almuerzo Escolar y Nutrición Infantil.

Requisitos de ingresos para patrocinar a un Amigo

Antes de poder patrocinar financieramente a su amigo, deberá demostrar que cumple con los requisitos para ser un patrocinador elegible.

En primer lugar, el ingreso de su hogar debe ser superior al 125% del nivel de pobreza de los Estados Unidos para el tamaño de su hogar. Las siguientes son pautas proporcionadas por los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) (junto con el Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos).

el Tamaño de la Casa Renta Mínima Necesaria
Casa de dos $20,575
Casa de tres $25,975
Hogar de cuatro $31,375
Hogar de cinco $36,775
Hogar de seis $42,175
Hogar de siete $47,575
Hogar de ocho $52,975
Para cada miembro adicional del hogar, agregar $5,400

Su» hogar » incluirá a usted, sus dependientes (cónyuge e hijo), cualquier familiar que pueda estar viviendo con usted y los amigos que planea patrocinar. Por ejemplo, si usted y su cónyuge tienen un hijo y apadrinan a un amigo, para los propósitos anteriores, usted sería un hogar de cuatro personas.

Si está en servicio activo en las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos, sin embargo, tendrá un poco de margen de maniobra adicional. El USCIS solo requerirá que sus ingresos estén en los EE. línea de pobreza (es decir, el 100% de la línea de pobreza de Estados Unidos). No se aplicará una prima del 25%.

Si no cumple con los requisitos de ingresos anteriores, desafortunadamente, no podrá patrocinar financieramente a su amigo para inmigración.

Cómo presentar el Formulario I – 864

Presentar un Formulario I-864 es fácil. Después de completar todas las secciones, debe firmar el formulario en presencia de un notario público, para que la declaración jurada se certifique ante notario. Obtenga una copia impresa de su Formulario W-2 más reciente y su declaración de impuestos federales e inclúyala con su Formulario I-864. Esto es para verificar su ingreso anual y proporcionar prueba de su empleo.

Si desea que su caso sea hermético, también puede incluir recibos de pago de 6 meses, declaraciones de impuestos de 3 años y una carta de su empleador.

Además, tome nota de los posibles documentos de apoyo adicionales que tendrá que incluir si se aplica cualquiera de los siguientes escenarios.

Situación se Requieren Documentos Adicionales
eres autónomo Incluir una copia de la lista C, D, E, o F, de su más reciente declaración de impuestos federales
Usted está en servicio activo en las Fuerzas Armadas o la Guardia Costera de EE.UU. y confiando en el ajustado requisito para el 100% de los estados UNIDOS línea de pobreza Incluya prueba de su estado militar activo
Usted está utilizando los ingresos de otros miembros del hogar Complete un Formulario I-864A por separado para cada persona
Usted está utilizando los ingresos de los miembros del hogar que no figuran como dependientes en su declaración de impuestos federales Incluya prueba de la residencia de esa persona en su hogar y pruebe su relación con usted.
El inmigrante es un patrocinador conjunto para su propia petición Incluya una prueba de que su empleo actual continuará de la misma fuente.
Usted confía en el valor justo de mercado de los bienes personales o del hogar para calificar Incluye documentación de propiedad, ubicación, fecha de adquisición y valor. Si hay un gravamen u otra responsabilidad contra el activo, incluya evidencia del gravamen o responsabilidad.
Usted es ciudadano de los Estados Unidos Incluya una prueba de su estado de ciudadanía (por ejemplo, certificado de nacimiento, certificado de naturalización o pasaporte).
Usted es un residente permanente legal Incluya una copia de ambos lados de su Formulario I-551, Tarjeta de Residente Permanente.

Cuando usted tiene todos los documentos juntos, darle al amigo que estará patrocinando. Si están en los Estados Unidos y solicitan un ajuste de estatus para obtener una tarjeta verde, pueden proporcionar sus documentos con su solicitud. Si se encuentran fuera de los Estados Unidos al momento de la solicitud, pueden proporcionar sus documentos a la Embajada o Consulado de los Estados Unidos donde están haciendo su entrevista de visa.

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Conclusión

Ahora ya sabe la respuesta a «¿ puedo patrocinar a un inmigrante que no sea miembro de la familia?”. Desafortunadamente, no puedes hacer una petición en su nombre, pero puedes patrocinarlos financieramente. Asegúrate de entender a lo que te comprometerás. Si puedes, ser el patrocinador financiero de tu amigo podría ser lo que necesita para comenzar su sueño americano.

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