P. ¿Qué sucede si el posible beneficiario no tiene apellido? ¿Qué se introduce en el sistema?
- A: Si solo hay un nombre para un beneficiario, debe ingresarse como apellido. Los campos de primer nombre y segundo nombre tendrán casillas de verificación que indican «El beneficiario no tiene un nombre» o «El beneficiario no tiene un segundo nombre».»Estas casillas deben marcarse en estos casos. No introduzca marcadores de posición, como «FNU», «LNU», «Desconocido» o «Sin nombre dado».»
Q. ¿Existe un proceso de apelación para registros que se determine que son duplicados inválidos?
- A: Los registros que se determine que son duplicados no serán válidos. Un solicitante de registro que presente registros duplicados no podrá apelar la invalidación.
Q. Si se está registrando para el límite máximo de maestría basado en la expectativa de que el beneficiario obtendrá un título avanzado calificado, y en realidad es seleccionado bajo el límite máximo de maestría, pero, el beneficiario no obtiene su título avanzado calificado, ¿existe el riesgo de que la petición H-1B sujeto al límite para ese beneficiario sea denegada?
- A: Si se presenta una inscripción solicitando consideración bajo la exención de título avanzado de INA 214(g)(5)(C) porque el beneficiario ha ganado, o ganará antes de la presentación de la petición, un título de maestría o superior de una universidad de EE. institución de educación superior, y el registro se selecciona bajo la exención de título avanzado, el beneficiario debe ser elegible para la exención de título avanzado al momento de presentar la petición I-129. Si el beneficiario es seleccionado bajo el límite de título avanzado y no ha obtenido un título de maestría o superior calificado de una institución de educación superior de los Estados Unidos al momento de presentar la petición, la petición será denegada o rechazada.
Q. ¿Cómo abordará USCIS un escenario en el que el posible empleador con un registro seleccionado pone una dirección en su registro pero se mueve antes de presentar su petición I-129, de modo que las direcciones en su registro y el Formulario I-129 no coinciden?
- A: Las peticiones no serán rechazadas únicamente porque la dirección del peticionario en el registro y la petición no sean la misma. Sin embargo, en tales situaciones, los peticionarios deben incluir una declaración con su petición, con documentación justificativa, explicando por qué la dirección en el registro difiere de la dirección en la petición. Si USCIS no puede determinar que la entidad peticionaria es la misma que el solicitante potencial identificado en el registro seleccionado, la petición puede ser rechazada o denegada.
P. ¿Qué fecha de inicio deben indicar los solicitantes con una inscripción seleccionada en su Formulario I-129?
- A: Si su registro seleccionado se presentó durante el período de registro inicial del 9 de marzo al 25 de marzo, debe indicar una fecha de inicio del 1 de octubre de 2021 en su petición o su petición será rechazada o denegada.
P. Si hay un error tipográfico en el registro en comparación con el I-129, ¿USCIS rechazará el registro?
- A: Aunque no rechazaremos automáticamente los errores tipográficos en el registro en comparación con el I-129, la carga recae en el solicitante/peticionario para confirmar que toda la información de registro y petición es correcta y para establecer que la petición H-1B cap se basa en un registro válido presentado para el beneficiario nombrado en la petición y seleccionado por USCIS. Como se señaló anteriormente, los solicitantes con un registro seleccionado durante el período de registro inicial deben indicar una fecha de inicio del 1 de octubre de 2021 en su Formulario I-129 o la petición será rechazada o denegada, independientemente de si el solicitante afirma que una fecha de inicio diferente fue el resultado de un error tipográfico.
P. ¿Afectará el sistema de registro H-1B la forma en que USCIS maneja la presentación prohibida de múltiples peticiones H-1B en nombre del mismo beneficiario por entidades relacionadas?
- A: La prohibición de que un empleador o entidades relacionadas presenten múltiples peticiones de tope H-1B en nombre del mismo beneficiario no ha cambiado y el manejo de USCIS de múltiples peticiones de tope H-1B es consistente con 8 CFR 214.2(h)(2)(i)(G) y el Asunto de S – Inc., Decisión Adoptada 2018-02 (AAO Mar. 23, 2018).
P. ¿Dónde debe presentar el Formulario I-129 y la documentación de apoyo un solicitante con un registro seleccionado?
- A: Los peticionarios deben presentar la solicitud en la ubicación indicada en el aviso de selección H-1B, que puede ser diferente de las jurisdicciones históricas de presentación I-129 para casos cap. La página web de USCIS «Direcciones de Presentación Directa para el Formulario I-129, Petición para un Trabajador No Inmigrante» se actualizará para reflejar que los solicitantes deben presentar en el centro de servicios que figura en su aviso de selección.
P. ¿Qué sucede si un representante legal presenta una inscripción, pero posteriormente deja de representar al solicitante de registro?
- A: Corresponde al representante y al posible peticionario asegurarse de que el posible peticionario mantenga el acceso a las presentaciones hechas en su nombre y a cualquier actualización relacionada con ellas. Si un posible peticionario ya no quiere que su abogado participe, puede terminar la relación con el representante, y el registrante aún podrá ver toda la información de registro en su(s) cuenta (s) de registrante (s). Tenga en cuenta, sin embargo, que no será posible agregar un nuevo abogado o representante a los registros H-1B preparados o presentados por el abogado anterior.
Q. Si un solicitante potencial presenta registros en nombre de beneficiarios no relacionados que tienen el mismo nombre, fecha de nacimiento y sin número de pasaporte, ¿se considerarían duplicados esos registros?
- A: Sí, si un solicitante potencial presenta dos registros para personas con el mismo nombre, fecha de nacimiento y sin número de pasaporte, los registros se invalidarán como duplicados. Tenga en cuenta, sin embargo, que los solicitantes de registro deben proporcionar los números de pasaporte o indicar afirmativamente que el beneficiario no tiene un número de pasaporte. Los números de pasaporte deben ayudar a evitar el escenario descrito en la pregunta. Tenga en cuenta también que USCIS analizará los datos de los registros presentados para detectar tendencias de fraude y los registrantes que abusen o intenten abusar del sistema pueden ser remitidos a las agencias federales de aplicación de la ley apropiadas para su investigación y acción adicional, según corresponda.
P. ¿Impedirá el sistema que el representante y el solicitante de registro ingresen al mismo beneficiario?
- A: El sistema no impedirá que un representante y un solicitante de registro registren al mismo beneficiario. El representante y el solicitante de registro son responsables de garantizar que no se presenten registros duplicados.
P. Soy un representante legal que envía el registro H-1B en línea y el G-28 pregunta si tengo una cuenta en línea y cuál es mi número de cuenta. ¿Cómo lo encuentro?
- A: Si tiene casos presentados en papel que son elegibles para agregarse a su cuenta en línea, sus avisos de USCIS para esos casos deben incluir su número de cuenta en línea. Si no conoce su número de cuenta, esto no afectará su registro H-1B. Haga clic en » No » a esta pregunta y pase a la siguiente pregunta.
P. Si ya tengo una cuenta de solicitante myUSCIS, ¿tengo que crear una cuenta de registrante H-1B? ¿Qué pasa con mi cuenta anterior? ¿Necesito usar una nueva dirección de correo electrónico para configurar la cuenta de registrante H-1B?
- A: Sí, tendrá que crear una nueva cuenta. El tipo de cuenta de solicitante existente no funcionará para el registro electrónico H-1B. Necesitará usar una nueva dirección de correo electrónico para configurar el tipo de cuenta de registrante H-1B.
Q. ¿Qué sucede si elijo el tipo de cuenta incorrecto cuando estoy creando una cuenta en línea de USCIS? ¿Podré cambiarlo al tipo de cuenta correcto más adelante?
- A: No podrá cambiar a un tipo de cuenta diferente una vez que realice una selección inicial. Elija el tipo de cuenta correcto, Registrante H-1B o Representante Legal, según corresponda, cuando cree su cuenta. Solo estos dos tipos de cuentas funcionarán con el proceso de registro electrónico H-1B. Si elige el tipo de cuenta incorrecto, puede usar una nueva dirección de correo electrónico para crear una nueva cuenta en myUSCIS y elegir el tipo de cuenta correcto. Puede visitar la página del Proceso de Registro Electrónico H-1B para leer instrucciones, ver videos y descargar presentaciones paso a paso sobre los diferentes tipos de cuentas y cómo configurar una cuenta.
P. ¿Tanto el abogado como el cliente necesitarán crear una cuenta en línea de USCIS para el proceso de registro electrónico H-1B?
- A: Tanto el cliente como el abogado necesitarán una cuenta en línea de USCIS para el proceso de registro electrónico H-1B. Si usted es un abogado y ya tiene una cuenta de representante legal existente, funcionará con el proceso de registro electrónico H-1B. No necesita crear una nueva cuenta de representante legal, a menos que no tenga una.
Todos los clientes deberán crear una cuenta de registrante H-1B para revisar y aprobar los registros G-28 y H-1B como parte del proceso de registro electrónico.
Q. Si hay un registro duplicado en un lote de presentación, ¿afecta a todos los registros en el lote o solo al registro duplicado?
- A: Solo el beneficiario con un registro duplicado será eliminado del proceso de selección. Si presentó correctamente otras inscripciones para diferentes beneficiarios, estas inscripciones válidas permanecerán en el sistema para el proceso de selección. Tiene hasta el 25 de marzo, mientras el período de registro inicial aún esté abierto, para iniciar sesión en su cuenta, revisar todos sus registros H-1B y eliminar cualquier registro duplicado. Esto también es cierto si uno de los registros enviados en un lote contiene un error. Usted podría eliminar el registro para el beneficiario que contenía el error sin afectar el resto del envío del lote.
P. ¿Se envía el código de acceso del cliente G-28 al cliente?
- A: No, el código de acceso del cliente no se envía directamente al cliente. Cuando el representante legal envía el G-28, el sistema generará el código de acceso del cliente. El representante legal deberá compartir este código de acceso con el cliente, para que el cliente pueda agregarlo como representante y tener acceso a revisar y aprobar el borrador de registro H-1B y G-28.
P. Como representante legal, ¿se generará un código único diferente que enviaremos al cliente cada vez que vayamos a ver o editar el G-28? ¿O el cliente utilizará el mismo código que se generó en la creación inicial del G-28, cada vez que inicie sesión para revisarlo o editarlo?
- A: El código único que se genera al crear el G-28 permanece en su página de inicio. Si cierra sesión y vuelve a iniciar sesión más tarde, podrá ver el mismo código que deberá proporcionar a su cliente. No cambia. Si crea un nuevo G-28, el sistema generará un nuevo código de acceso para el nuevo G-28.
P. Como representante legal, ¿cómo sabré que mi cliente ha aprobado mis registros G-28 y H-1B?
- A: Puede iniciar sesión en su cuenta para comprobar si el cliente ha aprobado los registros G-28 y H-1B. No recibirá una notificación específica de nuestro sistema.
Q. Después de que el representante legal envíe un registro, ¿se notificará al cliente por correo electrónico o iniciando sesión en su cuenta?
- A: El representante legal deberá notificar al cliente que el registro y el G-28 se ingresaron para su revisión; o el cliente puede ver los registros y el G-28 iniciando sesión en su cuenta. El cliente no será notificado desde nuestro sistema.
P. ¿Puede un abogado representar más tarde a un cliente para una petición I-129, si el cliente completó el proceso de registro electrónico H-1B sin la ayuda del abogado?
- A: Sí. El abogado, sin embargo, tendría que presentar una petición G-28 con el Formulario I-129 H-1B para autorizar su representación. Tenga en cuenta que incluso si el abogado presentó un G-28 para representar a un cliente para el proceso de registro, aún tendría que presentar un nuevo G-28 con la petición I-129.
P. ¿Cómo restablezco la contraseña de mi cuenta de USCIS u obtengo asistencia técnica?
- A: Para restablecer su contraseña, visite » ¿Olvidó su contraseña?»página: https://myaccount.uscis.gov/users/password/new.
Para revisar los pasos sobre cómo crear una cuenta en línea, iniciar sesión en su cuenta o completar un registro H-1B con USCIS, visite la página del Proceso de Registro Electrónico H-1B.
Si necesita otro soporte técnico, llame al Centro de contacto de USCIS al 800-375-5283. También puede usar nuestro formulario en línea, pero obtendrá un servicio más rápido llamando.
P. ¿Cuál es la fecha más temprana en que puedo comenzar a redactar registros y G-28?
- A: Noon Eastern, 9 de marzo de 2021.
Q. ¿El sistema permitirá que varios miembros del personal inicien sesión en mi cuenta al mismo tiempo?
- A: No. Debe aceptar los Términos de Uso que incluyen una certificación de que usted es la persona que tiene la cuenta, y no compartirá su cuenta con otros ni permitirá que otros usen su cuenta.
P. ¿Cómo debe un solicitante de registro con un registro seleccionado notificar a USCIS si no tiene la intención de presentar una petición?
- A: Dado que no se presentará ninguna petición H-1B, no habrá un archivo en papel en el que USCIS pueda emparejar la notificación con el registro. USCIS sugiere que el empleador conserve la documentación que demuestre la razón de la no presentación y la presente a USCIS si se le pregunta.
P. Si se selecciona un registro y la petición se presenta durante el período de 90 días, pero se rechaza, ¿el peticionario será elegible para volver a presentar si todavía está dentro del período de 90 días?
- A: Un peticionario es elegible para volver a presentar su petición rechazada durante el período de presentación designado de 90 días. El peticionario debe presentar su petición en el centro de servicios indicado en su aviso de selección y debe incluir todos los honorarios requeridos y la evidencia de respaldo con la presentación.
P. ¿Se invalidarán los registros como duplicados si el mismo representante presenta dos registros para el mismo beneficiario, pero en nombre de dos empresas diferentes?
- A: No. Las inscripciones presentadas por un representante para el mismo beneficiario, pero en nombre de diferentes solicitantes potenciales, no se considerarían duplicadas. Un registro se considerará duplicado, sin embargo, si los registros son para los mismos solicitantes potenciales y los mismos beneficiarios potenciales.
P. Si una persona es el firmante autorizado para dos empresas separadas, ¿podría esta persona usar su correo electrónico con nombres de dominio diferentes para configurar una cuenta de registrante y enviar registros para las dos empresas?
- A: Sí, si una persona es el firmante autorizado de dos empresas, puede presentar registros en nombre de ambas empresas. Necesitarán dos cuentas separadas, una para cada empresa. También necesitarán una dirección de correo electrónico separada para cada cuenta.
P. ¿Qué sucede con mi envío de registro si el pago no se realiza inicialmente?
- A: Si su pago falla inicialmente o se cancela antes de que pueda procesarse en Pay.gov, verá una notificación de falta de pago en la pantalla y no se enviará su registro. Sus datos de registro estarán disponibles en su cuenta durante 30 días a partir de la fecha en que trabajó por última vez en sus registros. Puede iniciar sesión en su cuenta en cualquier momento antes de que se cierre el período de registro inicial al mediodía del Este del 25 de marzo de 2021, para volver a intentar el pago y el envío de registro. Todos los registros y pagos deben enviarse con éxito antes del mediodía Oriental, 25 de marzo de 2021, para su consideración en el proceso de selección del período de registro inicial.
P. ¿Qué sucede si mi pago se cancela inicialmente, pero posteriormente falla (por ejemplo, el pago se realiza mediante un cheque electrónico que posteriormente mi banco devuelve)?
- A. Es su responsabilidad enviar un pago válido.
Al pagar con cheque, asegúrese de ingresar el número de ruta bancaria y el número de cuenta bancaria con precisión. Mientras que el estado de la inscripción en el sistema indicará «presentado» después de la finalización de la Pay.gov proceso de pago, el envío solo será válido una vez que su pago se haya liquidado. Si su información de cheques no es precisa, su pago será rechazado cuando se presente a su institución financiera. Si su pago es rechazado, su registro H-1B será cancelado.
Si el pago se completa con una tarjeta de crédito o débito, el estado del registro en el sistema indicará «enviado» después de la finalización del Pay.gov proceso de pago. Sin embargo, el envío solo será válido una vez que se complete el procesamiento del pago. Si el pago es rechazado o disputado posteriormente, la inscripción se cancelará.
Si su pago falla, USCIS intentará notificarle, sin embargo, la carga recaerá sobre usted para determinar el estado de su pago requerido. Si su registro se cancela mientras el período de registro sigue abierto, podrá enviar un nuevo registro con un pago válido. Si su registro se cancela debido a un pago fallido después de que se cierre el período de registro, no podrá enviar un nuevo registro. Las inscripciones se pueden enviar y pagar hasta que el período de inscripción se cierre al mediodía del Este del 25 de marzo de 2021.
P. El código de acceso del cliente G-28 no funciona cuando el cliente intenta introducirlo. Hay un mensaje de error que indica una falta de coincidencia de correo electrónico o un código de acceso no válido. ¿Por qué ocurre esto?
- A: Los posibles solicitantes (solicitantes de registro) deben crear cuentas de solicitantes de registro para el registro H-1B y, si envían registros a través de un representante, deben ingresar el código de acceso de caso recibido de sus representantes para conectar las cuentas y enviar los registros. Al llenar el formulario G-28, el representante debe ingresar la misma dirección de correo electrónico que el registrante usó al crear su cuenta de USCIS. Si el representante ingresó una dirección de correo electrónico incorrecta para el solicitante de registro, el representante puede recuperar el Formulario G-28 haciendo clic en el botón «Retirar G-28 para ediciones» en la parte inferior de la página de inicio de la cuenta. La función de recuperación está disponible para el representante una vez que el cliente ha revisado los registros, pero antes de que el cliente intente vincularse a la cuenta del representante. La función de recuperación no está disponible si el cliente ha intentado vincular la cuenta.
Q. El PDF del G-28 muestra un «No» para la pregunta que pregunta si soy elegible para ejercer la abogacía, a pesar de que indiqué que no tengo restricciones. ¿Cómo puedo corregir esto? ¿Necesito crear un nuevo G-28?
- A: Este problema técnico temporal se ha resuelto y el PDF del G-28 ahora debe indicar la respuesta correcta. Si experimentó este problema técnico y el G-28 indica incorrectamente que no es elegible para ejercer la abogacía, puede regresar al borrador del G-28 que creó y seleccionar «ver pdf» para ver la versión resuelta del pdf del G-28.
Q. Si un abogado representa a una empresa que tiene varias oficinas en los Estados Unidos que tienen el mismo número de identificación de empleador, pero diferentes contactos de recursos humanos (representantes firmantes de cada una de las oficinas o departamentos), ¿cómo los configura el abogado como cliente y permite que el contacto de cada división firme para que los empleados de su división presenten sus solicitudes? ¿Necesitan seleccionar un solo contacto de empresa para todas sus oficinas?
- A: El abogado puede designar a varios funcionarios autorizados dentro de una empresa cliente. La compañía tendría que hacer que las personas en cada oficina creen su propia cuenta de registrante para la que están autorizados a firmar. El abogado entonces podría enviar los registros al funcionario autorizado pertinente para que lo presentara.
P. ¿Puede un firmante autorizado dentro de la empresa, que sea diferente del firmante autorizado que firmó el registro electrónico H-1B, firmar el Formulario I-129 en papel?
- A: Sí. El firmante autorizado que firmó el registro no necesita ser el mismo firmante autorizado que firma el Formulario I-129. Sin embargo, el solicitante potencial (solicitante de registro) en la etapa de registro debe coincidir con el solicitante en la etapa del Formulario I-129.